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sábado, 11 de febrero de 2012

INDEMNIZACIÓN Y LEY LABORAL

Concepto de Indemnización

Se denomina Indemnización por daños y perjuicios a aquella acción que se le otorga al acreedor o a la víctima para exigir de parte de su deudor o causante del daño una cantidad económica equivalente al beneficio que a aquél le hubiese reportado el cumplimento de la obligación acordada entre las partes o la reparación del mal causado a la víctima.
Por su origen existen dos clases de indemnización:
Contractual: Es el que debe pagar un deudor en caso de incumplir un deber surgido de un acuerdo previo, con el fin de resarcir al acreedor por su incumplimiento.
Extracontractual: Es el que deriva de la acción u omisión dolosa que provoca un daño a otra personas. Dicha acción puede originarse también con motivo de la comisión de un delito.


Indemnización en el Derecho Laboral

Por un exceso de celo de los poderes públicos en la protección de los trabajadores, el derecho laboral asume que siempre que un trabajador es despedido tiene derecho a una indemnización, se da por sentado o bien que el empresario incumple sus obligaciones contractuales con el trabajador o bien que dolosamente le infringe un daño.
Es práctica habitual en los tribunales de la Magistratura laboral de nuestro país no considerar los despidos procedentes, dictaminando que la mayor parte de ellos son improcedentes y por tanto que el trabajador tiene derecho a la mayor indemnización posible que hasta ahora era de 45 días por año trabajado.


Nuestra Concepción del Trabajo

Este estado de cosas tiene raices profundas. En la psicología colectiva española se tiene por asumido que el empresario daña al trabajador por el mero hecho de contratarle, imponerle un horario y exigirle unas obligaciones es de suyo un perjuicio que exige una compensación. Todo el mundo "sabe" que trabajar es malo y por eso fue el castigo que Dios impuso a los descendientes de Adán y Eva. Así se entiendeque haya en nuestro país más de cinco millones de parados.

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